En lo que respecta a la regulación y la supervisión
- En la región existe cada vez más el convencimiento de que la intermediación con la microempresa debe estar dentro del sistema financiero supervisado por la autoridad monetaria, y de que la normativa que regula este sistema debe considerar las características propias de esta actividad. Las expectativas indican que los procesos ya iniciados continuarían.
- Está surgiendo una cierta preocupación respecto de cómo actuar cuando el número de entidades que intermedian con la microempresa, que deben o desean ser supervisadas, es muy elevado. Ante esta situación, se plantea la disyuntiva de incluir estas entidades bajo la supervisión del ente central, adoptar un esquema de supervisión delegada o auxiliar, en ambas abriendo la regulación a más entidades pequeñas; o mantener la situación actual. Tales casos pueden encontrarse en países como México en general, u otros países con cooperativas o una industria atomizada, ya sea porque las entidades no supervisadas captan ahorro (México, y algunas cooperativas de Ecuador y El Salvador) o porque existe una presión por parte de las ONG para ser reconocidas por la Superintendencia.
El primero de los caminos implica el riesgo de dar lugar a una supervisión menos rígida o de saturar a la Superintendencia o Banco Central. El segundo requeriría restringir al máximo hasta eliminar la posibilidad de que entidades no reguladas y supervisadas adecuadamente, incluyendo las cooperativas, capten ahorros del público, sean socios o no, y de que para estar amparadas por el órgano de supervisión deban adoptar una de las figuras legales ya existentes en la legislación.
En América Latina parece que la tendencia va a continuar por el primero de los caminos. - Es de esperar que como consecuencia de la crisis financiera mundial que comenzó en 2007, se produzca un incremento en la atención a la regulación y supervisión de todas las entidades financieras, muy especialmente en las que manejan ahorros del público.